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DIPUTADOS CATAMARCA

La diputada Adriana Diaz presentó el proyecto para la creación del “Programa Provincial de Promoción de Políticas Contra el Negacionismo del Terrorismo de Estado” en la provincia de Catamarca

Desde 2005, el Código Penal de Alemania tipifica la exaltación del nazismo como una de las formas del delito de incitación al odio racial, contemplando multas y penas de hasta tres años de cárcel.
Negar en Alemania los crímenes cometidos por el régimen nazi – el genocidio nacional socialista, habilita a la justicia alemana a sancionar con una multa o una pena privativa de la libertad de hasta cinco años. Francia hace una distinción entre la apología de crímenes y la negación, por lo que su legislación contempla penas de 1 a 5 años de prisión. En 2017, el gobierno de Michelle Bachelet buscó sancionar con penas de cárcel la justificación o aprobación de las violaciones a los DD.HH. ocurridas durante la dictadura de Augusto Pinochet.
Recientemente – 20 de enero de 2022-, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó una resolución no vinculante que condena el negacionismo del Holocausto, invitando a todos los Estados miembros a que luchen contra este y contra el antisemitismo, especialmente en las redes sociales.
Nuestro país no escapa a esta concepción de nuestro pasado histórico reciente, particularmente respecto del Terrorismo de Estado perpetrado por la última Dictadura militar, civil y eclesiástica, entre 1976 y 1983, y en gobiernos elegidos democráticamente. Asimismo, en menor medida – o la medida en que afecte a intereses económicos de las minorías enriquecidas-, la llamada Campaña al Desierto, la Campaña al Chaco, y hasta la invasión y conquista española de nuestro continente, en 1492.

El negacionismo de los crímenes contra la humanidad, tiene – aunque nos resulte difícil de comprender y aceptar-, un método sistematizado para insertarse y ser aceptado como un pensamiento válido y no aterrador: la racionalización, que implica deslegitimar o falsear las pruebas y testimonios del genocidio; la relativización de la cantidad de personas asesinadas; la inversión de la acusación a partir de la culpabilización de las víctimas; y la anamorfosis o deformación de la realidad, por ejemplo mediante la negación de la función de -por ejemplo-, los sitios clandestinos de detención y sitios de memoria cercanos como La Escuelita de Famaillá, o el Pozo de la Finca de Vargas, ambos en Tucumán.
Así, es lamentablemente común escuchar a referentes de algunos espacios políticos, negar o relativizar los crímenes de Lesa Humanidad cometidos durante la última dictadura militar a pesar de que los secuestros, torturas, asesinatos y desapariciones forzadas de personas están ampliamente documentados y probados a través de los juicios por la justicia y la verdad (y de las garantías judiciales) que se vienen desarrollando desde el histórico juicio a las Juntas Militares en 1985.

Este negacionismo ha ido en aumento en estos últimos años, en parte avalados por medios concentrados de comunicación que, excusándose en el derecho a la libertad de opinión -un derecho fundante de nuestro sistema (liberal) jurídico-, lo interpretan de manera absoluta.
Ciertamente la libertad de expresión es un derecho fundamental, que permite a las personas expresar sus ideas y opiniones sin censura o represión; es un derecho fundamental para el desarrollo de una sociedad democrática al fomentar el debate, la circulación de información y la diversidad de opiniones.
Sin embargo, el negacionismo no puede escudarse detrás de la libertad de expresión. Pues se trata de dos conceptos diferentes.

[…]

Con todo lo dicho, cabe finalmente preguntarnos si el Estado quien debe regular estos discursos que incitan al odio y a la violencia, o si debe mantenerse al margen y dejar que la sociedad por sí misma, ante la abrumadora cantidad de pruebas y documentos, deseche estos discursos.

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