El objeto de la presente iniciativa es incorporar el uso de lenguaje no sexista en la redacción de documentos oficiales de la Administración Pública Provincial. A los fines de la presente ley, se entiende por lenguaje no sexista al lenguaje que no oculta, subordina, ni excluye los géneros, en consideración, respeto y visibilidad de las personas, y su identidad de género.