El objeto de la presente ley es la creación del “Programa Provincial de asistencia alimentaria para la población Trans Travesti en situación de vulnerabilidad social”, garantizando así el acceso a alimentos de calidad nutricional a través de transferencias monetarias mensuales para la compra exclusiva de alimentos.
Las personas travestis, transexuales y transgénero (personas trans) son aquellas cuya identidad desarrolla, siente y expresa, una identidad de género que no se corresponde con el sexo asignado al nacer, independientemente de cuál fuera la identidad elegida, sabiendo que éstas son diversas.